A- de 2012
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Alejandro Garzon Correa·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Recursos y solicitudes atípicas deben ser resueltas por el Magistrado o una Sala de las que expidió el acto en cuestión
- Imposibilidad de reabrir debate jurídico resuelto
- Rechazar por improcedente al invocarse mediante acción pública de inconstitucionalidad que no procede contra sentencias de tutela
- Rechazar por improcedente solicitud de revocatoria de sentencia T-483/10 por ser atípica
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Revocatoria de la Sentencia T-483/10.
Mediante Acción Pública de Inconstitucionalidad el peticionario solicitó que se revoque íntegramente la sentencia de la referencia y que se nombren conjueces para el estudio y fallo correspondiente a la Acción interpuesta.
Por ser una solicitud atípica que invoca la Acción de Inconstitucionalidad contra una sentencia de tutela proferida por una Sala de Revisión de la Corte Constitucional, que pretende reabrir un debate jurídico ya zanjado, se decide RECHAZAR POR IMPROCEDENTE la solicitud elevada por el memorialista.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de revocatoria de la Sentencia T-483 de 2010, elevada por Alejandro Garzón Correa como apoderado de Litografía Colombia S.A.
- Segundo. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.